Don Fernando Séptimo, por la gracia de
Dios y la Constitución de la Monarquía española, Rey de las Españas, y en su
ausencia y cautividad la Regencia del reino, nombrada por las Cortes generales
y extraordinarias, a todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed:
Que las mismas Cortes han decretado y sancionado la siguiente;
CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE LA MONARQUÍA ESPAÑOLA
En el nombre de Dios todopoderoso, Padre, Hijo y Espíritu Santo autor y supremo legislador de la sociedad.
Las Cortes generales y extraordinarias
de la Nación española, bien convencidas, después del más detenido examen y
madura deliberación, de que las antiguas leyes fundamentales de esta Monarquía,
acompañadas de las oportunas providencias y precauciones, que aseguren de un
modo estable y permanente su entero cumplimiento, podrán llenar debidamente el
grande objeto de promover la gloria, la prosperidad y el bien de toda la
Nación, decretan la siguiente Constitución política para el buen gobierno y
recta administración del Estado.
TÍTULO I: De la Nación española y de los españoles.
CAPÍTULO I: De la Nación Española
Art. 1. La Nación española es la reunión
de todos los españoles de ambos hemisferios
Art. 2. La Nación española es libre e
independiente, y no es ni puede ser patrimonio de ninguna familia ni persona.
Art. 3. La soberanía reside
esencialmente en la Nación, y por lo mismo pertenece a ésta exclusivamente el
derecho de establecer sus leyes fundamentales.
Art. 4. La Nación está obligada a
conservar y proteger por leyes sabias y justas la libertad civil, la propiedad
y los demás derechos legítimos de todos los individuos que la componen.
CAPÍTULO II: De los españoles
Art. 5. Son españoles:
Primero. Todos los hombres libres
nacidos y avecindados en los dominios de las Españas, y los hijos de éstos.
Segundo. Los extranjeros que hayan
obtenido de las Cortes carta de naturaleza.
Tercero. Los que sin ella lleven diez
años de vecindad, ganada según la ley en cualquier pueblo de la Monarquía.
Cuarto. Los libertos desde que adquieran
la libertad en las Españas.
Art. 6. El amor de la Patria es una de
las principales obligaciones de todos los españoles y, asimismo, el ser justos
y benéficos.
Art. 7. Todo español está obligado a ser
fiel a la Constitución, obedecer las leyes y respetar las autoridades
establecidas.
Art. 8. También está obligado todo
español, sin distinción alguna, a contribuir en proporción de sus haberes para
los gastos del Estado.
Art. 9. Está asimismo obligado todo español a defender la Patria con las armas, cuando sea llamado por la ley.
Art. 9. Está asimismo obligado todo español a defender la Patria con las armas, cuando sea llamado por la ley.
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